El calendario fiscal para autónomos en España establece una serie de fechas y plazos importantes para cumplir con las obligaciones tributarias a lo largo del año. Todo trabajador por cuenta propia debe tener muy claras cuáles son estas fechas, ya que no cumplir con sus obligaciones tributarias a tiempo supone la imposición de diferentes sanciones.
Es importante destacar que, el calendario que se desarrolla a lo largo del artículo es de aplicación, en general, para la gran mayoría de actividades económicas, pero, podemos encontrar según qué actividades puedan tener diferentes fechas de presentación de obligaciones tributarias.
Impuestos que tendrás que presentar a lo largo del año
Tener claro cuáles son los impuestos y modelos que debo presentar a la Agencia Tributaria es el primer y fundamental paso. De forma general, todo autónomo a lo largo del año deberá presentar los siguientes impuestos y resúmenes informativos:
Por un lado, de forma trimestral, deberá hacer frente a:
- IVA (modelo 303)
- IRPF (modelo 130; 131; 111 o 115)
- Operaciones intracomunitarias (modelo 349)
Por otro lado, de forma anual, encontramos:
- Resumen anual de IVA, a través del modelo 390
- Resumen anual de IRPF, mediante el modelo 190
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (modelo 100)
- Resumen anual de aquellas operaciones con terceros que superen los 3.005,06€ (modelo 347)
Meses de presentación de impuestos
ENERO
El año comienza con la presentación de diversos modelos, ya que además de la presentación del último trimestre del año anterior, también deberás presentar los modelos informativos anuales que te correspondan.
El 20 de enero será el último día del plazo con el que cuentas para presentar el IVA (modelo 303), IRPF (modelo 130;131;111 o 115) y el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) si corresponde.
Desde el 1 de enero al 31 será el plazo con el contarás para presentar los modelos anuales de IVA (390) e IRPF (190).
FEBRERO
En el mes de febrero no todos los autónomos contarán con la obligación de presentar algún impuesto. En este caso, estarán obligados aquellos que tengan que hacer frentes al modelo 347 (resumen anual sobre operaciones por valor de más de 3.005,06€, tanto nacionales como internacionales).
El pazo de presentación de este modelo inicia el día 1 de febrero y finaliza el último día hábil del mes.
ABRIL
Entre el día 1 y 20 de abril deberás presentar las declaraciones relativas al primer trimestre del año fiscal presente. Es decir, el IVA (modelo 303), IRPF (modelo 130;131;111 o 115) y el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) si corresponde.
Este mes además, cuenta con el inicio de la declaración anual de la renta (IRPF), la cual Hacienda te obligará a presentar como autónomo, siendo entre los meses de abril y junio con dicha declaración donde se ajustarán tus cuentas como autónomo. El plazo con el que contarás será desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, de forma general.
JULIO
Entre el día 1 y 20 de julio deberás presentar las declaraciones relativas al segundo trimestre del año fiscal presente. Es decir, el IVA (modelo 303), IRPF (modelo 130;131;111 o 115) y el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) si corresponde.
OCTUBRE
Al igual que ocurre en los meses de abril y julio, desde el 1 al 20 de octubre contarás con el plazo para presentar las declaraciones relativas al tercer trimestre del año fiscal presente. Es decir, el IVA (modelo 303), IRPF (modelo 130;131;111 o 115) y el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) si corresponde.
¿Influyen los días no laborales en el calendario fiscal?
La respuesta es sí. En el caso en que los días previstos por Hacienda como último día de plazo para presentar las declaraciones coincidan con día festivo, la Agencia Tributaria dejará margen para este caso.
Es decir, si el último día del plazo, 20, cae en festivo, sábado o domingo, el plazo se ampliaría hasta el lunes siguiente.
Entendemos que llevar un exhaustivo control del calendario fiscal para autónomos, así como una adecuada presentación de los impuestos, puede resultar un proceso completo, por lo que,
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