¿Puedo facturar un servicio sin ser autónomo? Te lo contamos

asesoriamalaga

julio 19, 2024
¿Puedo facturar un servicio sin ser autónomo? Te lo contamos

¿Puedo facturar un servicio sin ser autónomo? Te lo contamos

En España, la normativa fiscal establece que, en general, para emitir una factura por la prestación de un servicio o la venta de un bien, es necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. Sin embargo, existen algunas excepciones y situaciones particulares donde podrías emitir una factura sin estar dado de alta como autónomo.

No obstante, es importante que sepas que no es una respuesta concluyente, ya que debes tener en cuenta diferentes factores que te explicaremos a lo largo del artículo.

La respuesta es sí. Toda persona que se encuentre en edad de trabajar, se encontrará capacitado legalmente para emitir facturas por prestación de algún servicio sin necesidad de estar dado de alta como trabajador autónomo.

No obstante, debes considerar que esta afirmación no da vía libre para hacerlo, por lo que Seguridad Social y Hacienda establecen límites a esta opción.

Es muy importante que lo tengas en cuenta, ya que de no cumplir podrías enfrentarte a sanciones económicas.

Para emitir una factura sin ser autónomo, previamente, debes comprobar que cumples los siguientes requisitos:

  • Trabajos esporádicos. Si la actividad esporádica y no habitual, y no supone tu principal fuente de ingresos, puedes emitir una factura sin estar dado de alta en el RETA. La Agencia Tributaria define la habitualidad como la repetición continuada en el tiempo de una actividad económica. Sin embargo, debes declarar estos ingresos en tu declaración de la renta y pagar el IVA correspondiente.
  • Alta en Hacienda (Actividades Económicas). Deberás comunicar tu actividad a la Agencia Tributaria, así como, presentar el modelo 036 o 037, en su caso.
  • No superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la totalidad de ingresos. El SMI para el año 2024 queda fijado en 1.134 € brutos mensuales en 14 pagas (15.876 euros brutos anuales).

Para facturar sin estar dado de alta como autónomo en España, debes seguir ciertos pasos y cumplir con tus obligaciones fiscales para que la actividad sea legal y no enfrentes problemas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social. Aquí te detallo el procedimiento:

1. Darse de Alta en Hacienda

Modelo 036 o 037

Debes darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 o 037. Este trámite te permitirá emitir facturas y declarar los impuestos correspondientes.

  1. Rellenar el modelo: Indica tus datos personales y la actividad económica que vas a realizar.
  2. Presentación: Puedes presentar el modelo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en una oficina física.

2. Emitir la Factura

Requisitos de la Factura

La factura debe cumplir con los requisitos legales establecidos por la Agencia Tributaria:

  1. Datos del emisor y receptor: Nombre, dirección y NIF.
  2. Descripción de la operación: Detalle del servicio o producto, precio unitario y cantidad.
  3. Fecha: Fecha de emisión de la factura.
  4. Número de factura: Número correlativo.
  5. Base imponible, tipo de IVA y cuota de IVA: El importe sin impuestos, el porcentaje de IVA aplicable y la cuota resultante.
  6. Retención de IRPF: En algunos casos, especialmente para profesionales, es necesario aplicar una retención de IRPF (habitualmente el 15%).

3. Declarar y Pagar Impuestos

Declaración de IVA

  1. Modelo 303: Debes presentar trimestralmente el modelo 303 para declarar y pagar el IVA recaudado.
  2. Modelo 390: Al final del año, presenta el resumen anual de IVA mediante el modelo 390.

Declaración de IRPF

  1. Modelo 130 o 131: Si no estás sujeto a retención en tus facturas, deberás realizar pagos fraccionados del IRPF trimestralmente mediante el modelo 130 (estimación directa) o el modelo 131 (estimación objetiva).
  2. Declaración anual: Incluye estos ingresos en tu declaración de la renta anual (modelo 100).

Una vez finalices la actividad, es importante que realices el mismo procedimiento de alta, pero de baja en Hacienda con los modelos empleados para ello. Dicha baja asegurará el correcto cierre de actividad.

Facturar sin estar dado de alta como autónomo puede conllevar varias sanciones y consecuencias legales tanto por parte de la Agencia Tributaria como de la Seguridad Social.

1. Sanciones de la Seguridad Social

Falta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Si la Seguridad Social determina que deberías haberte dado de alta como autónomo, puedes enfrentarte a las siguientes sanciones:

  1. Pago de cuotas atrasadas: Te exigirán el pago de todas las cuotas de autónomo que no abonaste desde el momento en que deberías haber estado dado de alta, con un recargo del 20% sobre las cuotas atrasadas.
  2. Recargo por demora: Además del recargo del 20%, también pueden aplicarse intereses de demora sobre las cantidades no pagadas.
  3. Multa: La multa puede variar entre el 50% y el 150% de las cuotas no pagadas.

2. Sanciones de la Agencia Tributaria

Incumplimiento de obligaciones fiscales

Si emites facturas sin estar dado de alta en Hacienda o no cumples con las obligaciones fiscales correspondientes, podrías enfrentarte a las siguientes sanciones:

  1. Multas por no declarar el IVA: Si no presentas las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390), podrías ser multado con un porcentaje del importe no declarado, además de intereses de demora.
  2. Multas por no declarar el IRPF: Si no presentas los pagos fraccionados del IRPF (modelos 130 o 131) o no incluyes estos ingresos en tu declaración de la renta anual (modelo 100), también podrías recibir multas e intereses.
  3. Multas por facturación incorrecta: Si las facturas no cumplen con los requisitos legales, podrías recibir sanciones por facturación incorrecta, que pueden variar en función de la gravedad de la infracción.

3. Inspecciones y revisiones

Inspección de Trabajo y Seguridad Social

  1. Inspecciones: Si eres objeto de una inspección de trabajo y se determina que deberías haber estado dado de alta en el RETA, se aplicarán las sanciones correspondientes.
  2. Revisiones: Las autoridades fiscales y la Seguridad Social pueden revisar tus actividades y facturación para detectar irregularidades.

4. Consecuencias adicionales

Reclamaciones de clientes

  1. Invalidación de facturas: Los clientes podrían tener problemas para deducirse el IVA de facturas emitidas por una persona no dada de alta correctamente.
  2. Problemas de imagen y confianza: Facturar sin estar correctamente dado de alta puede dañar tu reputación profesional y la confianza de tus clientes.

La interpretación de «habitualidad» y los criterios para determinar cuándo es obligatorio darse de alta en el RETA pueden variar entre inspectores de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

Si las autoridades determinan que tu actividad debió haberse realizado bajo el régimen de autónomos y no lo hiciste, podrías enfrentarte a sanciones, incluyendo el pago de cuotas atrasadas a la Seguridad Social y posibles multas.

Para evitar problemas legales y sanciones, es aconsejable consultar con un asesor fiscal o laboral que pueda evaluar tu situación particular y ofrecerte la mejor orientación. Cada caso es único, y un profesional podrá ayudarte a determinar la mejor forma de cumplir con tus obligaciones legales y fiscales.

En resumen, emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo puede ser legal en ciertas circunstancias específicas, pero es crucial cumplir con todas las obligaciones fiscales y estar bien asesorado para evitar posibles problemas.

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