Soy autónomo y quiero contratar a otra persona, ¿es posible?

asesoriamalaga

julio 24, 2024
Soy autónomo y quiero contratar a otra persona, ¿es posible?

Soy autónomo y quiero contratar a otra persona, ¿es posible?

Como trabajador autónomo es probable que tu actividad y volumen de negocio tienda a crecer y puede llegar el momento en el que necesites contratar a otra persona. Pero, al no ser una Sociedad/empresa, puede surgirte la duda de si puedes o no ampliar tu plantilla.

Para este caso, te informamos que sí que puedes contratar a otra persona. Pero, ¡ojo! es muy importante que tengas claros los diferentes escenarios que debes considerar para ello. Te lo contamos.

Tipos de trabajadores que puede contratar un autónomo

Das el paso y decides contratar a un empleado, pero, ¿sabes con qué modalidades de contratación puedes contar?

1.Contratar a otro autónomo

Como autónomo, puedes contratar a otro autónomo para que realice un servicio específico para tu negocio. Esta relación se establece mediante un contrato mercantil en lugar de un contrato laboral, ya que no existe una relación de dependencia laboral directa.

En este caso, te recomendamos asegurarte de que el otro autónomo esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

El autónomo contratado deberá incluir el importe de la factura en sus declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303) y en su declaración anual (Modelo 390), así como en su declaración de IRPF (Modelo 130 o 131).

Si el autónomo contratado está sujeto a retención de IRPF, esta debe reflejarse en la factura. Las retenciones se aplican a ciertos profesionales (normalmente un 15% o 7% para nuevos autónomos durante los primeros tres años).

2. Contratar a un familiar

Un autónomo puede contratar a un familiar, pero hay algunas consideraciones y requisitos específicos que deben tenerse en cuenta para cumplir con la normativa vigente en España. A continuación, te explico los detalles y los pasos a seguir.

  • El familiar debe estar efectivamente bajo la dirección y control del autónomo, realizando sus funciones de manera subordinada, como cualquier otro trabajador por cuenta ajena.
  • Se pueden contratar familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (por ejemplo, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, cuñados).
  • El familiar contratado debe estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, como cualquier otro empleado.

Requisitos para contratar a familiares

  • Demostrar la relación laboral efectiva: Es importante demostrar que la relación laboral es real y no ficticia para evitar posibles sanciones. Esto incluye tener un contrato de trabajo, horario de trabajo definido, nóminas, etc.
  • Contratación del cónyuge o hijos menores de 30 años: En el caso de contratar al cónyuge o hijos menores de 30 años, la ley permite que estos familiares se den de alta en el Régimen General si no conviven en el mismo hogar y no dependen económicamente del autónomo.
  • Excepciones para familiares convivientes: Si el familiar convive con el autónomo y no depende económicamente de él, puede considerarse trabajador por cuenta propia y debe darse de alta como autónomo colaborador (familiar colaborador).

Contratación de familiares colaboradores

Si el familiar convive en el mismo domicilio y trabaja de forma habitual en el negocio, se debe dar de alta como autónomo colaborador.

El autónomo colaborador tiene un régimen de cotización específico dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

3.Contratar a un empleado por cuenta ajena

Como autónomo puedes contratar a un trabajador por cuenta ajena, siendo este escenario, quizás, el más «complejo». Aquí tienes una guía detallada sobre cómo hacerlo y los aspectos clave a considerar:

Obtener un Código de Cuenta de Cotización (CCC)

Necesitarás un CCC que te identifique como empleador ante la Seguridad Social. Este código se utiliza para gestionar las cotizaciones de los trabajadores que contrates.

Puedes solicitar el CCC a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Registrar la contratación

Debes formalizar un contrato de trabajo por escrito, especificando las condiciones laborales (tipo de contrato, jornada, salario, etc.).

Además, debes comunicar la contratación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dentro de los 10 días siguientes a la firma del contrato. Esto puede hacerse en línea a través de la aplicación Contrat@ del SEPE.

Alta del trabajador en la Seguridad Social

Antes de que el trabajador comience a trabajar, debes darle de alta en la Seguridad Social a través del Sistema RED de la Seguridad Social. Esto implica comunicar el alta, la baja y las variaciones de datos del trabajador.

Cumplir con las obligaciones salariales y fiscales

  • Nóminas
  • Cotizaciones a la Seguridad Social
  • Retenciones de IRPF

¿Existe un límite de trabajadores que puede contratar un autónomo?

Esto dependerá del método por el que tributes como autónomo, es decir estimación objetiva o directa.

Por un lado, los autónomos que tributen por el método de estimación objetiva o módulos, de acuerdo con la Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre, dependiendo de la actividad económica que desarrollen estos autónomos, podrán contratar entre dos y diez empleados.

Mientras que, por otro lado, los autónomos que tributen por el método de estimación directa simplificada de IRPF no cuentan con ningún tipo de limitación al respecto..

No obstante, en caso de que como autónomo tu actividad crezca demasiado y, con ello, el número de trabajadores, la decisión más lógica sería cambiar la forma jurídica, de autónomo a sociedad.

¿Cómo podemos ayudarte?

Prepararse adecuadamente para iniciar una actividad empresarial puede minimizar el estrés y ayudar a evitar problemas. Siguiendo estos pasos, puedes asegurarte de que estás bien preparado. Si tienes dudas o necesitas ayuda adicional, no dudes en contactar a un asesor laboral profesional.

Contacta a Expertos: Si necesitas asistencia personalizada para preparar tu inicio empresarial, contacta a nuestros expertos en servicios fiscales y laborales. Podemos ayudarte a iniciar el proceso, preparar la documentación necesaria y representarte.

¿Quieres enterarte de las nuevas noticias?

Registrate para enterarte de las nuevas normativas y estar al tanto de las novedades fiscales, laborales y de planificacion financiera

Ya te has registrado!

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?