Claves sobre la baja por maternidad de una trabajadora autónoma

asesoriamalaga

agosto 5, 2024

Son muchos los trabajadores autónomos los que a día de hoy todavía dudan de su derecho al disfrute de la baja por maternidad o paternidad. Especialmente, son mayormente las mujeres emprendedoras las que se enfrentan a determinados «retos» significativos.

No obstante, existen diferentes ayudas y prestaciones que, si eres autónomo/a debes conocer y que te ayudarán y liberarán con la carga financiera y tributaria que supone ser trabajador por cuenta propia. ¡Te lo contamos!

¿Existe la baja por maternidad para las autónomas en España?

Sí, en España existe la baja de maternidad para las trabajadoras autónomas, conocida como «prestación por maternidad». Este derecho les permite descansar tras el nacimiento, adopción, acogimiento o tutela de un menor, al igual que las trabajadoras por cuenta ajena. A continuación, te detallamos más sobre cómo funciona la baja de maternidad para autónomas.

¿Qué es la baja por maternidad para autónomas?

La baja por maternidad para autónomas en España es un derecho que permite a las trabajadoras por cuenta propia interrumpir su actividad laboral temporalmente para cuidar a su hijo recién nacido, adoptado, acogido o tutelado, con el respaldo de una prestación económica durante este período, la cual, dependerá de la base reguladora con la que cuente (lo habitual es que corresponda el 100% de la misma).

Requisitos de acceso a la baja por maternidad

Para acceder a la baja por maternidad como trabajadora autónoma en España, debes cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social. A continuación se detallan estos requisitos:

Requisitos Generales

  • Afiliación y Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA):

Debes estar afiliada y en situación de alta en el RETA en el momento de iniciar el período de descanso por maternidad.

  • Estar al Corriente en el Pago de las Cuotas a la Seguridad Social:

Es esencial estar al día con el pago de las cuotas de autónomos. Si tienes deudas, puedes regularizarlas antes de solicitar la prestación.

Requisitos de Cotización

La cantidad de días cotizados necesarios varía según la edad de la trabajadora autónoma:

  • Menores de 21 años: No se requiere período mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años: Al menos 90 días cotizados en los 7 años inmediatamente anteriores al inicio del descanso, o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Mayores de 26 años: Al menos 180 días cotizados en los 7 años inmediatamente anteriores al inicio del descanso, o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

Documentación Necesaria

Para solicitar la baja por maternidad, necesitas presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de Solicitud: Puedes obtenerlo en las oficinas de la Seguridad Social o a través de su página web.
  • Documento de Identidad: DNI o NIE (Número de Identidad de Extranjero).
  • Informe de Maternidad: Emitido por el Servicio Público de Salud, que certifique la situación de maternidad.
  • Declaración de Situación de la Actividad: Solo si tienes empleados a tu cargo, declarando quién se encargará de la actividad durante tu ausencia.
  • Certificado de Empresa: En caso de estar en régimen de pluriactividad (trabajando por cuenta ajena además de ser autónoma), se debe presentar un certificado de la empresa donde se trabaje por cuenta ajena.

Duración de la baja por maternidad

La baja por maternidad para autónomas en España tiene una duración de 16 semanas, con algunas especificaciones sobre cómo se pueden distribuir estas semanas. A continuación se detalla la estructura y flexibilidad de este período de descanso:

Duración y Distribución del Período de Maternidad

  • Duración Total: 16 semanas: Este es el período total de la baja por maternidad.
  • Distribución Obligatoria: 6 semanas ininterrumpidas y obligatorias. Las primeras 6 semanas deben ser disfrutadas de forma obligatoria e ininterrumpida por la madre inmediatamente después del parto. Este período es obligatorio para asegurar la recuperación de la madre y el cuidado del recién nacido.
  • Distribución Flexible: 10 semanas restantes. Estas semanas pueden ser distribuidas de manera flexible. Pueden ser disfrutadas a tiempo completo o parcial, y se pueden repartir entre la madre y el otro progenitor, siempre dentro de los 12 meses siguientes al parto.

Flexibilidad Adicional

  • Antes del Parto: Hasta 4 semanas del período de descanso pueden disfrutarse antes de la fecha prevista para el parto, si así lo desea la madre.

Consideraciones Adicionales

  • Adopción, Acogimiento o Tutela: En casos de adopción, acogimiento o tutela, las reglas de duración y distribución son las mismas que para el nacimiento de un hijo biológico.
  • Múltiples: En caso de nacimiento, adopción, acogimiento o tutela múltiple (gemelos, trillizos, etc.), se añaden 2 semanas adicionales por cada hijo a partir del segundo.

Cuantía de la prestación por maternidad

La cuantía de la prestación por maternidad para una trabajadora autónoma en España se calcula en función de la base reguladora diaria, que corresponde a la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso por maternidad. A continuación se detalla cómo se determina esta cuantía y algunos aspectos clave:

Cálculo de la Cuantía de la Prestación

  • Base Reguladora Diaria: La base reguladora diaria se calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso por el número de días a los que esa cotización corresponde (generalmente 30 días).
      • Cuantía de la Prestación: La cuantía de la prestación es el 100% de la base reguladora diaria.

        Consideraciones Adicionales

        • Incremento por Hijos Múltiples: En caso de nacimiento, adopción, acogimiento o tutela múltiple (gemelos, trillizos, etc.), la cuantía se incrementa en un 100% por cada hijo adicional a partir del segundo.
        • Pluriactividad: Si la trabajadora autónoma está en régimen de pluriactividad (trabaja también por cuenta ajena), puede tener derecho a la prestación por maternidad en ambos regímenes, siempre que cumpla los requisitos en cada uno de ellos.

        La cuantía de la prestación por maternidad para autónomas en España se calcula en función de la base reguladora diaria, que se determina a partir de la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso. La prestación equivale al 100% de esta base reguladora diaria, proporcionando un apoyo económico durante el período de baja por maternidad.

        Cómo solicitar la prestación por maternidad

        Solicitar la baja por maternidad como trabajadora autónoma en España implica seguir una serie de pasos y presentar la documentación necesaria ante la Seguridad Social. A continuación, se detalla el proceso:

        Pasos para Solicitar la Baja por Maternidad

        Obtener el Informe de Maternidad: Solicita el informe de maternidad en tu centro de salud o en el hospital donde te atienden, que certifique la situación de maternidad (parto, adopción, acogimiento o tutela).

        Reunir la Documentación Necesaria:

        • Documento de Identidad: DNI o NIE.
        • Informe de Maternidad: Emitido por el Servicio Público de Salud.
        • Declaración de Situación de la Actividad: Solo si tienes empleados a tu cargo, declarando quién se encargará de la actividad durante tu ausencia.
        • Certificado de Empresa: En caso de estar en régimen de pluriactividad (trabajando también por cuenta ajena).

        Cumplimentar el Formulario de Solicitud: Puedes obtener el formulario en las oficinas de la Seguridad Social o a través de su página web.

        Presentar la Solicitud y la Documentación:

        • De manera presencial: Acude a una oficina de la Seguridad Social con todos los documentos.
        • De manera telemática: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o el sistema Cl@ve.

        Procedimiento Telemático

        • Iniciar el Trámite: Selecciona «Solicitud de Prestación de Maternidad» y autentícate con tu certificado digital o Cl@ve. Rellena el formulario online con los datos solicitados.
        • Subir la Documentación: Adjunta los documentos escaneados (informe de maternidad, DNI/NIE, declaración de situación de la actividad, certificado de empresa si aplica).
        • Enviar la Solicitud: Revisa todos los datos y documentos antes de enviar la solicitud. Una vez enviada, recibirás un justificante de presentación.

        Consideraciones Adicionales

        • Período de Cotización: Asegúrate de cumplir con el período mínimo de cotización requerido según tu edad.
        • Plazo de Presentación: Presenta la solicitud dentro de los 15 días siguientes al inicio del descanso por maternidad.
        • Resolución: La Seguridad Social te notificará la resolución de la solicitud y, en su caso, el reconocimiento del derecho a la prestación.

        ¿Se bonifica la cuota de autónomo en la baja por maternidad?

        Sí, las trabajadoras autónomas pueden beneficiarse de una bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante el período de baja por maternidad, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

        La bonificación se aplica durante el período de descanso por maternidad, que es de 16 semanas.

        La bonificación es compatible con otras ayudas y prestaciones que la autónoma pueda estar recibiendo.

        En caso de pluriactividad, se pueden tener derechos a bonificaciones y prestaciones en ambos regímenes, siempre que se cumplan los requisitos en cada uno.

        Este beneficio facilita la continuidad de la actividad económica durante el período de descanso y ofrece un apoyo económico importante para las madres autónomas.

        ¿Cómo podemos ayudarte?

        Prepararse adecuadamente para cesar temporalmente una actividad empresarial puede minimizar el estrés y ayudar a evitar problemas. Siguiendo estos pasos, puedes asegurarte de que estás bien preparado. Si tienes dudas o necesitas ayuda adicional, no dudes en contactar a un asesor laboral profesional.

        Contacta a Expertos: Si necesitas asistencia personalizada para preparar tu baja como autónoma por maternidad, contacta a nuestros expertos en servicios fiscales y laborales. Podemos ayudarte a iniciar el proceso, preparar la documentación necesaria y representarte.

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