La prestación por desempleo o «paro» como se le conoce comúnmente, se le concede a aquellos trabajadores que de forma involuntaria han perdido su empleo. Esta prestación busca proteger a la persona desempleada en el transcurso de búsqueda de trabajo para reincorporarse al mercado laboral.
Seguramente, sabrás lo que es el paro, no obstante, siempre hay determinadas dudas respecto a requisitos, duración, compatibilidad, etc. Es por ello, por lo que te ofrecemos este artículos para que puedas resolver tus dudas. ¡Te lo contamos!
¿Qué es el paro?
La prestación por desempleo o paro es un beneficio económico que proporciona el Estado a las personas que han perdido su empleo de manera involuntaria. Este sistema forma parte de la red de seguridad social y tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo de ingresos para los trabajadores en situación de desempleo mientras buscan un nuevo empleo.
¿Quién puede cobrar el paro?
En España, pueden cobrar la prestación por desempleo o paro las personas que cumplan una serie de requisitos.
Requisitos para cobrar el paro:
- Cumplimiento de las obligaciones del SEPE: Para seguir recibiendo el paro, el beneficiario debe cumplir con las obligaciones impuestas por el SEPE, como acudir a las entrevistas de trabajo que se le asignen, aceptar ofertas de empleo adecuadas, participar en cursos de formación si se le requiere, y renovar la demanda de empleo en las fechas estipuladas.
- Trabajadores por cuenta ajena: Aquellos que han trabajado por cuenta ajena (es decir, bajo un contrato laboral) y han cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años al sistema de la Seguridad Social.
- Desempleo involuntario: El trabajador debe haber perdido su empleo de manera involuntaria, es decir, por causas ajenas a su voluntad (por ejemplo, despido, finalización de un contrato temporal, ERE, etc.). No se tiene derecho al paro si se ha dejado el empleo de forma voluntaria.
- Inscripción como demandante de empleo: Es necesario estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y mantener dicha inscripción durante todo el tiempo que se perciba la prestación. La inscripción debe hacerse inmediatamente después de quedarse sin trabajo.
- Cumplir el periodo de cotización: Se debe haber cotizado al menos 360 días durante los 6 años anteriores a la situación de desempleo. Cuanto más tiempo se haya cotizado, mayor será la duración de la prestación.
- No haber alcanzado la edad de jubilación: No pueden cobrar el paro aquellas personas que ya hayan alcanzado la edad legal de jubilación y tengan derecho a la pensión correspondiente.
- Situación legal de desempleo: Es necesario estar en situación legal de desempleo, lo que implica que el trabajador ha sido despedido, ha visto finalizado su contrato, ha sufrido una reducción de jornada o se encuentra en situación de ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), entre otras causas legales.
Otros colectivos que pueden acceder al paro:
- Trabajadores fijos discontinuos: Aunque tienen un contrato indefinido, estos trabajadores suelen estar sujetos a periodos de inactividad. Durante estos periodos, si cumplen los requisitos de cotización, pueden solicitar el paro.
- Trabajadores agrarios: En algunos casos, si han cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social por su trabajo en el sector agrario, también pueden acceder a la prestación por desempleo.
- Empleadas del hogar: Desde 2023, se ha ampliado el acceso al paro a las empleadas del hogar, siempre que cumplan con los requisitos de cotización.
- Autónomos: Aunque tradicionalmente los autónomos no tenían derecho a paro, desde la introducción del cese de actividad, pueden acceder a una prestación similar al paro, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos de cotización y cese involuntario de su actividad.
- Trabajadores en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo): Estos trabajadores pueden acceder a la prestación por desempleo aunque no cumplan con los 360 días de cotización mínima, debido a la naturaleza temporal de la medida.
Duración de la prestación
La duración del paro depende del tiempo que hayas cotizado en los últimos 6 años antes de quedarte en desempleo. Cuanto más tiempo hayas cotizado, más tiempo podrás recibir la prestación por desempleo. A continuación, te detallo cómo se calcula la duración:
Factores clave a tener en cuenta:
- Cotización mínima: Para tener derecho a la prestación por desempleo, debes haber cotizado al menos 360 días (12 meses) en los últimos 6 años. Si has cotizado menos de 360 días, no tendrás derecho a la prestación contributiva, aunque podrías solicitar el subsidio por desempleo u otra ayuda.
- Duración máxima: La duración máxima del paro es de 720 días (2 años), lo cual se alcanza si has cotizado 1.980 días o más (5 años y 5 meses) en los últimos 6 años.
- Subsidio por desempleo: Si has agotado tu prestación por desempleo contributiva y sigues en situación de desempleo, podrías tener derecho a un subsidio por desempleo, que es una ayuda económica de menor cuantía y que también tiene una duración limitada.
- Situaciones especiales: En casos de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), la prestación por desempleo puede variar en función de las normativas específicas, y en ocasiones no se requiere haber cotizado el mínimo de 360 días.
Esta estructura busca proporcionar una cobertura progresiva según el tiempo de cotización de cada trabajador, ayudándoles a encontrar un nuevo empleo mientras reciben la prestación.
¿Puede compatibilizarse el paro con otras prestaciones?
Sí, en algunos casos es posible compatibilizar el paro con otras prestaciones o ingresos. Sin embargo, existen reglas específicas y restricciones que deben tenerse en cuenta. A continuación, te explico las principales situaciones en las que se puede compatibilizar el paro con otras prestaciones o actividades:
1. Compatibilidad del paro con un trabajo a tiempo parcial:
Trabajar a tiempo parcial mientras se cobra el paro es posible. En este caso, la prestación por desempleo se reduce en proporción a la jornada laboral que se realiza. Por ejemplo, si trabajas al 50% de la jornada, recibirás el 50% de la prestación por desempleo. Es importante comunicar al SEPE que se ha encontrado un empleo a tiempo parcial para ajustar la cuantía de la prestación.
2. Compatibilidad del paro con el cese de actividad para autónomos:
Los autónomos que han solicitado la prestación por cese de actividad (similar al paro para trabajadores por cuenta propia) pueden, en ciertos casos, compatibilizarla con el paro si se cumplen condiciones específicas.
3. Compatibilidad del paro con prestaciones por maternidad o paternidad:
Si un trabajador que cobra el paro accede a una prestación por maternidad o paternidad, la prestación por desempleo se suspende temporalmente mientras se recibe la prestación por maternidad/paternidad. Una vez finalizado el periodo de maternidad o paternidad, se puede reanudar el cobro del paro por el tiempo restante. En estos casos, no se pierde el derecho a la prestación por desempleo, simplemente se aplaza.
4. Compatibilidad del paro con pensiones o prestaciones de incapacidad:
- Incapacidad temporal: Si durante el cobro del paro, el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal (baja médica), el paro se suspende y el trabajador pasa a cobrar la prestación por incapacidad temporal. Una vez que recibe el alta médica, puede reanudar el cobro del paro.
- Incapacidad permanente parcial: Se puede compatibilizar el paro con la pensión de incapacidad permanente parcial, ya que esta pensión no impide trabajar ni recibir prestaciones por desempleo.
- Incapacidad permanente total o absoluta: En general, no es compatible con el cobro del paro, ya que estas pensiones están destinadas a personas que no pueden trabajar.
5. Compatibilidad del paro con ayudas para emprendedores:
Los beneficiarios de prestaciones por desempleo pueden, en algunos casos, compatibilizar el paro con el inicio de una actividad por cuenta propia. Esto es posible durante un máximo de 270 días (9 meses) si se cumplen ciertos requisitos.
Otra opción es capitalizar el paro (recibirlo en un pago único) para invertir en un proyecto de autoempleo, en lugar de cobrarlo mensualmente.
En cualquier caso de compatibilización, es fundamental informar al SEPE sobre cualquier cambio en la situación laboral o el inicio de una nueva actividad para evitar sanciones o devoluciones de cantidades indebidamente cobradas.
¿Cómo se solicita el paro?
Solicitar el paro es un proceso que implica varios pasos y puede realizarse de manera presencial o en línea. A continuación, te explico cómo se solicita el paro y qué documentos necesitas para hacerlo:
1. Inscribirse como demandante de empleo
Antes de solicitar la prestación por desempleo, es necesario inscribirse como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo de tu comunidad autónoma o en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Esta inscripción se realiza en la oficina de empleo correspondiente a tu domicilio, y es un requisito indispensable para acceder a la prestación.
Puedes inscribirte telemáticamente (si tu comunidad autónoma ofrece esta opción) o acudir en persona a la oficina de empleo. Contarás con un plazo de 15 días hábiles (excluidos fines de semana y festivos) desde el día en que finaliza tu contrato o te despiden.
2. Documentación necesaria
Para solicitar la prestación por desempleo, necesitarás presentar los siguientes documentos:
- Documento de identificación: DNI, NIE o pasaporte en vigor.
- Inscripción como demandante de empleo: El justificante de la inscripción como demandante de empleo.
- Modelo oficial de solicitud: Se puede descargar en la página web del SEPE o se proporciona en las oficinas.
- Certificado de empresa: Es un documento que debe entregarte la empresa donde trabajaste, acreditando tu situación de desempleo. Muchas empresas lo envían directamente al SEPE por vía telemática, pero es recomendable confirmar que se ha hecho.
- Justificantes de hijos a cargo (si aplica): Libro de familia o documento equivalente que acredite la situación familiar.
- Número de cuenta bancaria: Donde se ingresará la prestación.
3. Firmar el compromiso de actividad
Al solicitar la prestación por desempleo, debes firmar un compromiso de actividad. Esto implica que te comprometes a:
- Buscar activamente empleo.
- Aceptar ofertas de empleo adecuadas.
- Participar en programas de formación o inserción laboral si se te requiere.
4. Renovación de la demanda de empleo
Mientras cobras el paro, es obligatorio renovar la demanda de empleo en las fechas indicadas. Esto se conoce como “sellar el paro” y puede hacerse online, en las oficinas de empleo, o a través de los servicios automatizados que algunas comunidades autónomas ofrecen.
¿Cómo podemos ayudarte?
Prepararse adecuadamente para garantizar tu gestión económica puede minimizar el estrés y ayudar a evitar problemas. Siguiendo estos pasos, puedes asegurarte de que estás bien preparado. Si tienes dudas o necesitas ayuda adicional, no dudes en contactar a un asesor laboral profesional.
Contacta a Expertos: Si necesitas asistencia personalizada, contacta a nuestros expertos en servicios fiscales y laborales. Podemos ayudarte a iniciar el proceso, preparar la documentación necesaria y representarte.