La respuesta es sí. Si eres autónomo y cuentas con períodos de inactividad (como puede ser el verano) te interesa saber que puedes dar baja de tu autónomo y, posteriormente, previamente al inicio de tu período de actividad, realizar nuevamente el alta, tanto en Seguridad Social como en Hacienda.
Imaginamos que si te encuentras en esta situación y te planteas si dar o no el paso, tendrás dudas. Es por ello, por lo que te ofrecemos este artículo, claro y sencillo para que no tengas miedo en tomar la decisión.
No obstante, antes de tomar esta decisión, asegúrate de varias cuestiones:
- Contar con un adecuado asesoramiento.
- Conocer correctamente los pasos que debes de seguir.
- Analizar si realmente te compensa económicamente efectuar la baja y, posteriormente, el alta meses más tarde.
¿Qué ahorro puede suponerte la baja temporal de autónomo?
Darte de baja temporalmente como autónomo puede suponer un ahorro en la cuota de la Seguridad Social, pero hay varios factores a tener en cuenta para entender el impacto en tus finanzas.
La cuota mensual para los autónomos puede variar dependiendo de la base de cotización elegida. Desde 2023, el sistema de cuotas se ha ajustado para ser más progresivo, con una base mínima y una base máxima que se ajustan según los ingresos.
En 2024, la cuota mínima para los autónomos es de aproximadamente 230 euros al mes, con una base de cotización de 1.000 euros.
Si te das de baja temporalmente, dejas de pagar la cuota de autónomos durante el período de inactividad. Por ejemplo, si decides darte de baja durante tres meses, y la cuota mensual es de 230 euros, el ahorro sería de 690 euros (230 euros x 3 meses).
En resumen, el ahorro dependerá del tiempo de inactividad y de la cuota mensual que debas pagar. Es importante evaluar si el ahorro compensa la pérdida de derechos y prestaciones durante el período de baja.
Trámites que debes seguir para efectuar la baja
Darte de baja como autónomo implica realizar varios trámites ante la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Aquí tienes una guía paso a paso para completar este proceso:
1.BAJA EN HACIENDA
Darte de baja en Hacienda como autónomo implica comunicar tu cese de actividad a la Agencia Tributaria mediante los formularios adecuados. Es un proceso relativamente sencillo si sigues estos pasos y te aseguras de cumplir con todos los requisitos.
Debes utilizar el modelo 036 o 037 para comunicar tu baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Modelo 037: Es una versión simplificada del modelo 036, y puedes usarla si cumples ciertos requisitos, como no estar inscrito en regímenes especiales de IVA.
Modelo 036: Es el modelo completo y debes usarlo si no cumples los requisitos para el modelo 037.
Puedes descargar los formularios desde la página web de la Agencia Tributaria o recogerlos en una oficina de Hacienda.
Después de presentar el formulario, recibirás una confirmación de la baja. Asegúrate de conservar todos los justificantes y documentación relacionada con el cese de actividad.
Es muy importante que tengas en cuenta que aunque realices la correspondiente baja, deberás cumplir con las obligaciones tributarias (IVA, IRPF, etc.) que correspondan y queden pendientes hasta la fecha de cese de actividad.
2. BAJA EN SEGURIDAD SOCIAL
Para efectuar la baja en Seguridad Social cuentas con dos posibilidades:
- Presencial a través del cumplimiento del modelo TA.0521.
- De forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. En este caso necesitarás un certificado digital.
Con la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) contarás con una peculiaridad que es importante que le tengas consideración. Esto es que tendrás que pagar la parte proporcional de la cuota de autónomos en función del día que tramites tu baja. Es decir, si efectúas la baja a mitad de mes, día 15 por ejemplo, solo pagarás la mitad de esta.
Esto podrás hacerlo hasta 3 veces al año, en caso de efectuar el alta una cuarta vez, tendrás que abonar la cuota de autónomos íntegra, de forma independiente del día en que gestiones tu baja.
¿Existe un límite de bajas/ altas que puedes realizar en un año?
La realidad es que no, no hay límite en el número de altas y bajas que puedes tramitar. No obstante, es importante que tengas en cuenta que solo en las tres primeras pagarás la cuota en proporción a los días del mes que, efectivamente, estés dado de alta.
No obstante, a partir de la cuarta vez que realices dicho procedimiento pagarás la cuota íntegra independientemente de los días que de forma efectiva te encuentres de alta en el RETA.
Consideraciones que debes tener en cuenta si estás pensando darte de baja como autónomo de forma temporal por inactividad
Si estás considerando darte de baja como autónomo, hay varias consideraciones importantes que debes tener en cuenta para asegurarte de que el proceso sea lo más fluido posible y para entender las implicaciones fiscales, legales y administrativas. Aquí tienes una lista de aspectos clave a considerar:
- Plazos y Fechas
La baja en la Seguridad Social se hace efectiva el último día del mes en el que la solicitas. Esto significa que pagarás la cuota completa del mes en curso.
Es recomendable coordinar la baja en la Seguridad Social y en Hacienda para que ambas tengan la misma fecha de efecto.
- Declaraciones Pendientes
Asegúrate de presentar todas las declaraciones fiscales pendientes (IVA, IRPF, etc.) hasta la fecha de cese de actividad.
Realiza un último cierre de cuentas para asegurarte de que todas las obligaciones fiscales están cumplidas.
- Documentación
Conserva toda la documentación fiscal y contable durante al menos cuatro años, ya que Hacienda puede realizar inspecciones durante este período.
- Consideraciones económicas
Durante el tiempo que estés dado de baja, no estarás cotizando y, por lo tanto, no tendrás derecho a ciertas prestaciones como la baja por enfermedad, accidente laboral o jubilación. Evalúa si perder estas coberturas te afectará significativamente.
Repetir el proceso de alta y baja puede generar costes administrativos si decides contratar a un asesor para gestionar estos trámites.
- Temporalidad de la Actividad
Si tu actividad es estacional o sabes que habrá períodos de inactividad, planifica las altas y bajas para minimizar trámites y optimizar los periodos de cotización.
- Bonificaciones y Beneficios
Si te acoges a la tarifa plana u otras bonificaciones, ten en cuenta que estas pueden verse afectadas por bajas y altas frecuentes. Consulta las condiciones específicas para no perder estos beneficios.
¿Cómo podemos ayudarte?
Prepararse adecuadamente para cesar una actividad empresarial puede minimizar el estrés y ayudar a evitar problemas. Siguiendo estos pasos, puedes asegurarte de que estás bien preparado. Si tienes dudas o necesitas ayuda adicional, no dudes en contactar a un asesor laboral profesional.
Contacta a Expertos: Si necesitas asistencia personalizada para preparar tu cese como autónomo, contacta a nuestros expertos en servicios fiscales y laborales. Podemos ayudarte a iniciar el proceso, preparar la documentación necesaria y representarte.